(13/10/25)
Hace más de dos años, Tania Ramírez, defensora del medio ambiente, fue señalada públicamente desde la conferencia matutina tras oponerse al Tramo 5 del Tren Maya. A partir de esos señalamientos enfrentó amenazas, hostigamiento y consecuencias directas en su vida personal y laboral.
Ante esta situación, solicitó la ampliación de medidas ante el Mecanismo de Protección para Personas Defensoras de Derechos Humanos y Periodistas. Sin embargo, las autoridades omitieron considerar el impacto de los ataques públicos provenientes desde la Presidencia y la divulgación de sus datos personales en su evaluación de riesgo.
¿Qué se determinó?
Un Tribunal resolvió que el Mecanismo de Protección debe analizar, conforme a estándares internacionales, el impacto que los ataques públicos emitidos desde la Presidencia pueden tener en la seguridad de una persona defensora. La sentencia reconoce que estos señalamientos pueden agravar el riesgo y no pueden ser ignorados en la evaluación ni en la adopción de medidas de protección.
¿Qué se logra con esta resolución?
La sentencia ordena reponer las medidas de protección y realizar un nuevo análisis de riesgo que incluya el contexto de descalificación pública y la difusión de datos personales desde espacios oficiales. El fallo refuerza que la protección a personas defensoras debe apegarse a criterios internacionales y responder de manera efectiva a los riesgos reales que enfrentan por su labor.
¿Qué sigue?
El Mecanismo de Protección deberá emitir un nuevo plan que considere integralmente los ataques públicos y garantice medidas adecuadas y coordinadas. Desde el Consejo Nacional de Litigio Estratégico celebraremos y daremos seguimiento al cumplimiento de esta resolución, reafirmando que cuando una defensora es atacada por su trabajo, el Estado tiene la obligación de protegerla y rendir cuentas.
https://x.com/Consejo_Litigio/status/1977808273827917959?s=20%0A




