- El 26 de mayo de 2023, la CRE publicó un acuerdo que permitiría presentar la energía generada a base de gas natural por ciclos combinados como una fuente de energía limpia. Con esto, México simula avanzar en su compromiso con la adopción de energías limpias.
- Ayer, se concedió una suspensión provisional a fin de pausar todos los efectos y consecuencias del acuerdo, obligando así a las autoridades a atenerse a las normas vigentes previo su emisión.
El día de ayer, un Juez Federal concedió una suspensión provisional a una Organización de la Sociedad Civil —a instancia del Consejo Nacional de Litigio Estratégico, en colaboración con Voto X el Clima y el equipo jurídico de Lammoglia Abogados—, con efectos generales, a fin de frenar todas las consecuencias derivadas del Acuerdo A/018/2023 emitido por la Comisión Reguladora de Energía. El Juez consideró que este acuerdo podría violar el derecho a un medio ambiente sano y el principio de legalidad, por lo que, en tanto se resuelve el juicio, las autoridades no pueden aplicarlo.
La suspensión fue otorgada derivado de un juicio de amparo que busca que se declare inconstitucional el acuerdo, ya que es regresivo en el combate al cambio climático. Esto, toda vez que promueve el uso del gas natural bajo el título de “energía limpia” y con ello, desincentiva la inversión en fuentes de energía renovable. En ningún país y bajo ningún criterio científico se ha considerado como sustentable la generación de electricidad a base de gas natural por ciclos combinados, por lo que el acuerdo no tiene sustento ni en la ciencia ni en las buenas prácticas internacionales. Además, con la emisión de este acuerdo, México incumple con sus obligaciones internacionales, en específico con los Objetivos de Desarrollo Sostenible establecidos por la ONU y el Acuerdo de París.
México —según tratados internacionales y también la Ley General de Cambio Climático— ha contraído la obligación de generar un 35% de su energía a base de fuentes limpias para el 2024. La etiqueta de energía limpia se creó a nivel mundial para incentivar la adopción de métodos de producción de energía que contaminen poco y no afecten al medio ambiente —la energía solar, eólica e hidroeléctrica—. Así, esta etiqueta sirve para medir el avance de México en su transición de depender de energía a base de fuentes fósiles (como el carbón, el petróleo y el gas natural) a energía de fuentes renovables.
Con la emisión del acuerdo, las autoridades quisieron aparentar el cumplimiento de sus obligaciones en lugar de tomar acción real para adoptar fuentes de energía renovable, esto ya que el Acuerdo considera la electricidad que se produce a base de gas natural dentro de los procesos de cogeneración por ciclos combinados como “energía limpia”. Con ello, las autoridades reguladoras ignoran que el gas natural, cuando se quema y también cuando se extrae, emite altas cantidades de metano, un gas de efecto invernadero que tiene un potencial de calentamiento incluso mayor al dióxido de carbono.
La concesión de esta suspensión es un precedente importante porque confirma la posibilidad de que la sociedad civil actúe para obligar a las autoridades mexicanas a adoptar energías limpias y cumplir con sus obligaciones internacionales en el combate al cambio climático. Además, muestra que se puede exigir al Estado que haga efectiva la transición de un modelo de generación eléctrica que depende de los combustibles fósiles, a un modelo de generación basado en energía limpia y sustentable.