- La JUCOPO tendrá tres días para elaborar una propuesta para la elección de una vacante de Comisionado.
- La Comisión Permanente debe convocar a periodo extraordinario de sesiones del Senado de la República.
Dentro del juicio promovido por el Consejo Nacional de Litigio Estratégico en colaboración con el Consejo Consultivo del INAI, una Jueza Federal determinó que la Junta de Coordinación Política (JUCOPO) de la Cámara Alta deberá elaborar una propuesta de Candidato a Comisionado del INAI, para que posteriormente la Comisión Permanente del Congreso convoque a un periodo extraordinario de sesiones, a fin de que el Senado vote una de las tres vacantes al interior del INAI.
En primer lugar, la Jueza determinó conceder la suspensión provisional promovida en contra de la Comisión Permanente, para que convoque a un periodo extraordinario de sesiones y el Senado pueda realizar el nombramiento. Lo anterior al considerar que, esperar a la reanudación del periodo ordinario de sesiones para votar a los Comisionados del INAI implica impedir que este órgano autónomo pueda cumplir con su función constitucional de garantizar el derecho al acceso a la información y no pueda seguir sesionando por falta de quórum legal.
También, la Jueza declaró fundado el incidente por defecto en el cumplimiento de la suspensión, ya que desde febrero se había determinado —con la concesión de la suspensión provisional en favor del Consejo Consultivo— que la JUCOPO y el Senado deberían nombrar a los Comisionados cuyas vacantes fueron generadas en abril de 2022. En esta sentencia determinó que las autoridades no habían cumplido con la suspensión de manera injustificada, y ordenó a la JUCOPO y a la Comisión Permanente a actuar para lograr el nombramiento de uno de los Comisionados del INAI.
¿Cuáles son los siguientes pasos en este proceso?
Luego de la resolución de la Jueza, la JUCOPO tiene un plazo de tres días posterior a la notificación para elaborar una propuesta del candidato al puesto de Comisionado del INAI. Cumplido el plazo impuesto a la JUCOPO, la Comisión Permanente tendrá tres días para convocar a la Cámara de Senadores a un periodo de sesiones extraordinarias para darle a conocer a los senadores la propuesta respectiva.
Si la JUCOPO llegara a incumplir con lo mandatado por la Jueza será denunciada por el delito previsto en el artículo 262 de la Ley de Amparo, consistente en una pena de 3 a 9 años de prisión y la destitución e inhabilitación de desempeñar otro cargo durante el mismo periodo.